El Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA), conocido oficialmente como Reglamento (UE) 2023/1114, constituye el primer marco legislativo integral de la Unión Europea específicamente orientado a regular los criptoactivos no cubiertos por la legislación financiera previa. MiCA surge dentro del Paquete de Finanzas Digitales de la UE y fue adoptado en mayo de 2023, tras años de consultas públicas, redacción de borradores y negociaciones entre los órganos europeos y los Estados miembros. Su objetivo principal es aportar seguridad jurídica a la emisión, negociación y custodia de criptoactivos, reforzar la protección del inversor, preservar la integridad del mercado y garantizar la estabilidad del sistema financiero.
Hasta la llegada de MiCA, el mercado europeo de criptoactivos estaba fragmentado: cada Estado miembro aplicaba regulaciones propias, muchas veces derivadas de interpretaciones parciales de la normativa financiera vigente. Esto originaba arbitrajes regulatorios, protecciones desiguales para el consumidor y barreras para que los proveedores de servicios pudieran operar transfronterizamente. La introducción de MiCA marca un cambio estructural, pasando de una supervisión nacional a un régimen regulatorio armonizado común para toda la Unión Europea.
MiCA tiene su origen en 2019, cuando la Comisión Europea inició una consulta sobre la regulación de criptoactivos y la tecnología de registro distribuido (DLT). Esta consulta evidenció que una parte considerable de los activos digitales quedaba fuera del alcance normativo de la UE, como MiFID II (Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros), EMD2 (Directiva de Dinero Electrónico) y PSD2 (Directiva de Servicios de Pago). La falta de un marco común generaba inseguridad operativa para las empresas y exponía a los inversores a riesgos sin mecanismos de protección eficaces.
La Comisión Europea presentó el primer borrador en septiembre de 2020, iniciando el proceso legislativo que involucra al Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y diversos comités. Durante las negociaciones se trataron cuestiones relevantes como la divulgación medioambiental para activos de “proof-of-work”, la clasificación de las stablecoins y los acuerdos transitorios para proveedores con actividad previa. En abril de 2023 se aprobó el texto final, entrando en vigor ese mismo año, con fechas de aplicación escalonadas para facilitar la adaptación del sector y de los reguladores.
MiCA responde a varios objetivos estratégicos. El primero es la protección del consumidor y del inversor: la Unión Europea busca asegurar que quienes interactúan con criptoactivos reciban salvaguardas equiparables a las de los mercados financieros convencionales, incluyendo la obligación de divulgar riesgos de forma clara, ofrecer sistemas de gobernanza transparente y disponer de mecanismos seguros de custodia.
El segundo motor es la estabilidad financiera. Las stablecoins habían adquirido un peso significativo hasta convertirse en un segmento sistémico dentro del entorno cripto. Los legisladores constataron que una quiebra a gran escala o una pérdida súbita de confianza podría generar impactos en el sistema financiero global, especialmente cuando los emisores mantienen grandes tenencias de deuda soberana a corto plazo.
Un tercer objetivo es la integridad del mercado. MiCA implanta normas para garantizar la equidad en las prácticas de negociación, aborda los conflictos de intereses e introduce medidas para prevenir el abuso de mercado, incluyendo la información privilegiada y las operaciones manipulativas.
Por último, el reglamento MiCA busca promover la innovación bajo un marco estable y transparente, eliminando la incertidumbre que impedía a muchas empresas ofrecer servicios en Europa. El modelo de “pasaporte” regulatorio permite que una compañía, una vez autorizada en cualquier Estado miembro, pueda operar en toda la Unión sin necesidad de solicitar licencias adicionales en cada país.
MiCA está estructurado en varios títulos, cada uno dedicado a distintos aspectos del ecosistema de criptoactivos. El texto distingue tres grandes categorías:
Cada tipología cuenta con normas específicas sobre emisión, autorización, gobernanza y supervisión. Es relevante destacar que MiCA no regula los Non-Fungible Tokens (NFTs), excepto si se emiten de manera que sean fungibles o se empleen para fines de inversión asimilables a los activos regulados.
La aplicación de MiCA se ha programado por fases, priorizando los sectores con potencial de riesgo sistémico más elevado. Desde el 30 de junio de 2024, la regulación se aplica a los EMTs y los ARTs, reflejo de la atención inmediata concedida por la UE a las stablecoins y su capacidad de afectar la política monetaria y los sistemas de pago. Desde el 30 de diciembre de 2024, las disposiciones de MiCA se extienden al conjunto de los criptoactivos y a todos los proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs).
Las disposiciones transitorias permiten a los proveedores existentes continuar sus operaciones hasta un máximo de 18 meses después de la entrada en vigor de MiCA, dependiendo de la implementación nacional, mientras solicitan autorización bajo el nuevo marco. Este periodo de adaptación busca evitar salidas abruptas del mercado y facilita que las empresas ajusten su gobernanza, sus políticas de compliance y sus procesos operativos a los nuevos estándares.
MiCA opera en coordinación con otras regulaciones y directivas financieras europeas, evitando deliberadamente solapamientos normativos. Por ejemplo, los instrumentos que cumplen los requisitos bajo MiFID II quedan fuera del ámbito de MiCA y continúan bajo el régimen de valores vigente. De igual modo, las entidades que emiten EMTs deben cumplir también la Directiva de Dinero Electrónico.
El reglamento interactúa con el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), especialmente en el tratamiento de datos de clientes en operaciones sobre blockchain. Además, las obligaciones de prevención de blanqueo de capitales (AML) y financiación del terrorismo (CTF) incluidas en el marco AML europeo se incorporan por referencia, de modo que los CASPs deben aplicar los mismos estándares KYC/AML que las entidades financieras tradicionales.
MiCA establece un modelo dual de supervisión. Las autoridades nacionales competentes (NCAs) de cada Estado miembro son responsables de conceder autorizaciones y supervisar la mayoría de los CASPs y emisores. Por su parte, la Autoridad Bancaria Europea (EBA) ejerce funciones de supervisión directa sobre emisores de ARTs y EMTs significativos, definidos mediante criterios como volumen de transacciones, capitalización de mercado y actividad transfronteriza.
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) apoya la supervisión mediante la elaboración de estándares técnicos, la coordinación de la aplicación transfronteriza y la gestión de un registro público de entidades autorizadas. Tanto ESMA como EBA pueden emitir directrices y recomendaciones que favorezcan la armonización de criterios supervisorios en la Unión Europea.
Los emisores de EMTs y ARTs deben cumplir con exigencias estrictas antes de ofrecer sus tokens al público o solicitar su admisión a negociación. Es indispensable la redacción de un white paper que detalle información relevante sobre el emisor, el proyecto, los derechos y obligaciones, y los riesgos asociados. El white paper de los ARTs debe ser aprobado por la NCA correspondiente, mientras que los emisores de EMTs han de cumplir también los requisitos de dinero electrónico.
Los CASPs, incluyendo exchanges, custodios, plataformas de negociación y gestores de carteras, deben obtener autorización, mantener reservas prudenciales, instaurar un sistema de gobernanza y gestión del riesgo, e implementar medidas para prevenir el abuso de mercado.
Para los tokens considerados significativos, se exigen obligaciones adicionales: mayores requerimientos de capital, sistemas de gestión de liquidez, mecanismos de reembolso y reportes periódicos a la EBA.
La industria cripto ha acogido MiCA con una combinación de cautela y expectativas positivas. Grandes actores internacionales han comenzado a adaptar sus operaciones para ajustarse a la normativa, optando en ocasiones por Estados miembros con procesos de licenciamiento más ágiles. Emisores de stablecoins como Circle han impulsado su adecuación, obteniendo licencias EMI para garantizar que sus tokens vinculados al euro y al dólar sigan circulando en Europa.
Algunos emisores han decidido restringir sus servicios en Europa antes que asumir los requisitos de MiCA, lo que ha provocado la exclusión de ciertos tokens no conformes en exchanges relevantes a finales de 2024. El nuevo marco normativo está fomentando el desarrollo de stablecoins referenciadas al euro tanto por fintechs como por bancos tradicionales, que buscan competir en un entorno regulado y seguro.
Pese a que MiCA se reconoce como un marco regulatorio pionero, no ha estado exento de críticas. Algunos sectores sostienen que los costes de cumplimiento y los requisitos de capital pueden dificultar la innovación de empresas pequeñas. Otros señalan que la regulación cubre de forma limitada las finanzas descentralizadas (DeFi), centrándose principalmente en los intermediarios centralizados.
Asimismo, persiste la incertidumbre sobre la aplicación de MiCA a stablecoins globales emitidas fuera de la UE pero accesibles en su territorio. Se teme la aparición de arbitraje regulatorio si los emisores configuran estructuras duales —una conforme en la UE y otra en mercados no regulados—, lo que podría reducir la efectividad de MiCA como herramienta de estabilidad financiera.